Las cinco mentiras sobre la piratería (según la SGAE)
- La música es cara
Afortunadamente este debate apenas si existe ya en la sociedad. Los peritos judiciales tasan el precio medio del cd en 15 euros. Las ofertas de lanzamiento sitúan el precio en torno a 10 ó 12 euros. ¿Es caro? Entonces cómo calificamos el precio de ciertas entradas de discotecas (10 euros), algunas zapatillas deportivas (120 euros), un litro de gasolina, etc. por no hablar del precio medio de la vivienda, los coches, la ropa, etc.
A fecha de hoy la música lo que no es, es cara. Además, generalmente lo más vendido en la manta ha sido, precisamente, lo más económico que encontramos en el mercado original (O.T).
La primera en la frente. "Este debate apenas existe en la sociedad".
Debe ser que aquellos que compran en el top manta no lo hacen por el precio de los cds. ¿Lo hacen por ser radicales? ¿Lo hacen por hundir la industria? Debe ser eso, la gente compra pirata por joder. Claro que tal vez al decir apenas, la sgae intenta decirnos que compra pirata una minoría, que deben ser los que cuestionan que la música sea cara.
Entradas de dicoteca, zapatillas, ...bueno, si resulta que la música es solamente un producto de consumo, lo trataremos como tal y punto.
Oferta y demanda, leyes de mercado... Mi abuelo hacía alpargatas, vino nike y le jodio el negocio.... ¡Ah!, ¿no? ¿Qué es cultura? vale, pues no me pongas esos ejemplos.
- La compraventa de cds y dvds piratas no hace daño a nadie
La pérdida de más de 1.200 empleos relacionados con el cine y la música el año pasado y el cierre de Madrid Rock (entre otras tiendas) con el envío al paro de trabajadores demuestran lo contrario. Al final todos somos perjudicados por la piratería pues esta demostrado que supone un empobrecimiento cultural del país, por no hablar de la falta de recaudación del IVA y la consecuente falta de capacidad de inversión que eso supone para la Hacienda Publica.
¿El cierre de Madrid Rock?, mejor que se lo pregunten a los propios trabajadores de Madrid Rock. [elmundo.es]. La verdad es que la SGAE pone constantemente el ejemplo del cierre de Madrid Rock a pesar que es bastante insostenible.
¿Empobrecimiento de la cultura? Jamás la cultura ha estado mas al alcance del ser humano. De hecho, hablando en concreto de música, estamos ante la generación mas melómana de la historia. No lo digo yo, sino la actual Ministra de cultura, claro que teniendo en cuenta sus encuentros en la tercera fase con extraterrestres ...
- En realidad no es un delito
La piratería es un delito. Además, tiene aparejada una pena privativa de libertad de 6 meses a 2 años en el tipo básico y de 1 año a 4 años para el tipo agravado. En concreto, respecto a su tipo básico, el Código Penal, en su art. 270.1, establece la citada pena para "quien, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios".
Igualmente se tipifican otra serie de conductas en los apartados 2 y 3 del citado artículo:
"2. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses quien intencionadamente exporte o almacene ejemplares de las obras, producciones o ejecuciones a que se refiere el apartado anterior sin la referida autorización. Igualmente incurrirán en la misma pena los que importen intencionadamente estos productos sin dicha autorización, tanto si éstos tienen un origen lícito como ilícito en su país de procedencia; no obstante, la importación de los referidos productos de un Estado perteneciente a la Unión Europea no será punible cuando aquellos se hayan adquirido directamente del titular de los derechos en dicho Estado, o con su consentimiento.
- Será castigado también con la misma pena quien fabrique, importe, ponga en circulación o tenga cualquier medio específicamente destinado a facilitar la supresión no autorizada o la neutralización de cualquier dispositivo técnico que se haya utilizado para proteger programas de ordenador o cualquiera de las otras obras, interpretaciones o ejecuciones en los términos previstos en el apartado 1 de este artículo".
Por su parte, el tipo agravado se recoge en el art. 271 CP. Las penas previstas por este artículo se aplicaran cuando "concurran alguna de las siguientes circunstancias:
a) Que el beneficio obtenido posea especial trascendencia económica.
b) Que los hechos revistan especial gravedad, atendiendo el valor de los objetos producidos ilícitamente o a la especial importancia de los perjuicios ocasionados.
c) Que el culpable perteneciere a una organización o asociación, incluso de carácter transitorio, que tuviese como finalidad la realización de actividades infractoras de derechos de propiedad intelectual.
d) Que se utilice a menores de 18 años para cometer estos delitos".
Fantástico. Perfecto. Sólo espero que os refiráis en exclusiva al "Top manta" y no a las descargas a través de internet.
- El pago del canon de copia privada permite la piratería
Nada o muy poco tiene que ver el pago del canon por copia privada con la piratería. El canon compensa al autor de la reproducción no autorizada y que para exclusivo uso doméstico, sin ánimo de lucro, realiza un sujeto. En ningún caso faculta la copia colectiva o con fines mercantilistas.
Vaya, ya tardaba en salir. ¿Qué es eso de "copia colectiva"?
Una muñeca chochona para el que encuentre ese término en la ley de Propiedad Intelectual.
- Con el P2P el intercambio de archivos es privado o entre dos colegas
En dichas redes y por el diseño de las mismas, el intercambio está dirigido a una pluralidad indeterminada y desconocida de sujetos. Eso puede ser varias cosas pero nunca privado o "entre dos amigos". El uso de redes P2P supone el compartir de modo ilícito las obras musicales o videográficas con cientos de miles de personas y sin la debida autorización. Es sin duda un acto ilícito y así lo expresa la actual jurisprudencia en todo el mundo.
¿Colegas? Seguro que no, pero privado... vive dios que si.
¿Compartir de modo ilicito? Je je, ¿por qué no habéis dicho ilegal?
"Así lo expresa la actual jurisprudencia en todo el mundo", claro, suele hacerlo así, y así, y de la manta también así.
Me aburrís, soys un modelo de negocio caduco que intenta negar la evidencia. Pretendéis que sea el siglo XXI el que se adapte a vosotros en vez de ser vosotros los que os adaptéis al siglo XXI.





1 Comments:
Como siempre tu tan comedido...
1.- La música es cara:
Para empezar vamos al corte ingles los los 50 mas vendidos y ninguno baja de 15 (primera mentira). Seguimos con que el asunto no solo se refiere a la música si no también a los DVD's. Es inconcebible el precio que tienen frente a poderlos obtener una copia con una calidad mas que suficiente (para mi televisor de 21") por el precio de un CD virgen (incluyendo canon y todo). Y que no me venga nadie que si los extras, los subtitulos, los idiomas... los extras suelen ser una kk (ya no hay "como se hizo"'s tan buenos como antes), los subtítulos dan pena! son mucho, MUCHO mejores los de cualquier serie de televisión por el teletexto (ultimamente me toca ver muchos programas así), y los idiomas me DAN IGUAL!!! Pagar 20€ por algo que me puede costar 0,17€... Si, es caro.
2.- La compraventa de cds y dvds piratas no hace daño a nadie
Que se erradique de las calles. Pero sin mentiras ni medias verdades (lease reportajes y noticas de antena3 y tele5)
3.- En realidad no es un delito
"La piratería es un delito.[...]" ¿Cual? ¿La del pirata cojo con pata de palo, parche en el ojo y cara de malo? Llamen a cada cosa por su nombre, no mezclen conceptos intentando confundir al personal!
4.- El pago del canon de copia privada permite la piratería
¿La de antes??? Veamos... El pago del canon por copia privada permite... hacer una copia privada, es decir coger una obra audiovisual y hacer una copia para ti sin ánimo de lucro. En ningún sitio de la ley dice que tu tengas que poseer una copia original para hacer esta copia. ¿No sería mas honesto (jeje) decir qué permite éste canon? Y por hablar del canon: Le dedico el dinero que me ha costado grabar los primeros pasos de mi primer hijo en un CD al amigo Sabina, que se tome un güisquito a su salud con ello.
5.- Con el P2P el intercambio de archivos es privado o entre dos colegas.
Poco que añadir salvo preguntar: ¿donde puedo buscar esa jurisprudencia? Y que sea en España porque es lo que creo que aquí importa ¿o piensan demandarnos fundamentandose en la jurisprudencia de otros paises?
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